Protección de datos

Las Partes acuerdan que si para el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato y sus Anexos, las partes tuvieran que acceder a ficheros propiedad de la otra parte que contuvieran datos de carácter personal, el acceso se realizará en calidad de encargado del tratamiento de dichos datos personales según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDPGDD). En tal virtud, las partes se comprometen a cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa vigente, en relación con el encargo de tratamiento a que se refiere la presente cláusula, así como cualquier otra relativa a protección de datos que les sean aplicables a las partes.

Cada una de las Partes conviene en que, en el cumplimiento de sus respectivas obligaciones en este Contrato, deberán cumplir con las disposiciones de la LOPD, así como se comprometen a su adaptación y cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento UE 2016/679 de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y demás normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal). De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDPGDD), cualquiera de las partes podrá ser considerada responsable del tratamiento en el caso de que destinara los datos a otras finalidades distintas de las establecidas en el presente Contrato, los comunicara o los utilizara incumpliendo las estipulaciones del presente Contrato, así como de cualquier incumplimiento sobre protección de datos, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente y que le fueran imputables directa o indirectamente.

Sin perjuicio de lo anterior, las partes no deberán dañar, cambiar, divulgar, ceder, perder o destruir cualesquiera datos personales de la otra parte, salvo que reciba instrucciones por escrito de la otra parte, y se compromete a acceder a los ficheros o bases de datos de carácter personal de la otra parte únicamente, cuando el acceso sea imprescindible para el buen desarrollo de los Servicios, así como a respetar y cumplir todas las obligaciones que pudieran corresponderle como encargado del tratamiento con arreglo a las disposiciones de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDPGDD), o de cualquier otra disposición o regulación complementaria que le fuera igualmente aplicable.

Actuando la parte como encargado, no aplicará o utilizará los datos de carácter personal recibidos del Responsable para una finalidad distinta a la establecida en este Contrato o de cualquier otra forma que suponga un incumplimiento de las instrucciones que el Responsable le proporcione, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.

Sin perjuicio de lo anterior, las partes se compromete a realizar esfuerzos necesarios para asegurar que sólo aquéllas personas que sean parte de su personal, si ese fuera el caso, deben estar expresamente autorizados para tener acceso a los datos personales con el propósito de realizar las obligaciones en este Contrato, tengan acceso a los datos personales, obligándose dichas personas autorizadas a acatar las mismos compromisos, respecto de los datos personales a los que se tenga acceso para poder dar cumplimiento a las obligaciones contraídas en virtud del presente Contrato.

ALTIN no deberá subcontratar o transferir ningún dato personal del que sea responsable el CLIENTE en la realización de los Servicios sin el previo consentimiento escrito de este último, según el CLIENTE lo considere necesario de manera razonable. En caso de existir expresa dicha autorización, ALTIN habrá de celebrar un acuerdo de protección de datos con el tercero prestador de servicios, con iguales obligaciones de protección de datos a las previstas en el presente Contrato. ALTIN asume plena e íntegramente cualquier responsabilidad de dicho tercero.

Las partes manifiestan estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa de protección de datos y más concretamente, en lo que se refiere a la implantación de las medidas de seguridad previstas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDPGDD) respecto a las medidas de seguridad que debe implementar según los datos establecidos y tratados en los ficheros automatizados y ficheros manuales.

Los datos personales deberán ser tratados en estricta confidencialidad por las partes y deberán tomar las medidas de seguridad, técnicas y de organización necesarias para proteger los datos personales para asegurar el cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDPGDD).

Las partes no deberán transferir ningún dato personal del que sea responsable la otra parte fuera del Área Económica Europea, a países que no ofrezcan un nivel de protección equivalente al ofrecido en dicha área, en la realización de los Servicios o de cualquier otra forma, sin el previo consentimiento escrito de la otra parte y, según el caso, sujeto a que cualquier de las partes celebre dichos acuerdos adicionales a solicitud del CLIENTE, así como la autorización del Director de la Agencia Española de Protección de Datos en caso de resultar necesaria, conforme con la legislación vigente en cada momento.

Si el titular de cualquiera de los datos personales que las partes se encontraran procesando en virtud del presente Contrato, ejerciera ante la otra parte, por escrito, sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y en general cualquier derecho relativo a la protección de los datos, las partes deberán comunicarlo de inmediato y, en todo caso, dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de la petición, proporcionándole todos los detalles de la petición y del tratamiento que hubiera dado a los datos personales sobre los cuales se hubieran ejercido los derechos en cuestión.

ALTIN notificará al CLIENTE, a la mayor brevedad posible y siempre antes de las 72 horas siguientes al hecho de cualquier evidencia o sospecha razonable de que ha tenido lugar una revelación de datos del CLIENTE, “Brecha de Seguridad”. ALTIN deberá emplear esfuerzos razonables para identificar y remediar la causa de dicha Brecha de Seguridad lo antes posible.

Con el fin de comprobar el grado de cumplimiento de las obligaciones anteriormente citadas, las partes podrán someter el funcionamiento del servicio que preste la otra parte como encargado a auditorias periódicas de gestión, con objeto principal evaluar la eficacia en la protección de los datos, así como el cumplimiento de las cláusulas del presente contrato y demás instrucciones en materia de privacidad y protección de datos.

Las auditorias se realizarán de modo que perturben en el menor grado posible la actividad del servicio que se presta. El encargado y su personal se comprometen a prestar la máxima colaboración a esta tarea.

En el caso de que las partes fuesen requeridas por terceros o cualquier autoridad pública con referencia a cualquier tipo de información relacionada con el presente contrato y servicios que se presten de conformidad al presente, deberá comunicarlo inmediatamente a la otra parte, debiendo tener autorización escrita de éste último para dar respuesta a dicho requerimiento con antelación al vencimiento del plazo hábil a tal efecto.

En caso de terminación por cualquier causa del presente contrato, respecto a aquellos datos e información donde haya actuado cualquiera de las partes como encargado, deberá destruir o devolver a la otra parte, según instrucciones que se faciliten en ese momento, la totalidad de los datos personales, así como cualesquiera copias o soportes en los que éstos estuviesen contenidos, debiendo certificar inmediatamente dicha devolución o destrucción.

Las partes tienen la obligación de guardar el secreto respecto a cualquier información que su personal hubiera podido conocer con motivo del presente contrato. Las obligaciones de confidencialidad subsistirán incluso después de finalizar la relación entre las partes.